MODELO 347: Si durante el año 2018 su empresa efectuó operaciones con algún cliente o proveedor por importe superior a 3.005,06 euros (IVA incluido), durante este mes de febrero, y hasta el 28, deberá presentar el modelo 347 en donde no deberá incluir aquellas operaciones de las cuales Hacienda ya tiene información a través de otras declaraciones (las operaciones sujetas a retención).
Deben declararse también las operaciones en las que, aunque no se repercuta IVA, exista obligación de expedir factura (siempre y cuando superen los 3.005,06 euros).